El acoso laboral, mobbing, es una realidad cada vez más estudiada y reconocida

El Mobbing o acoso laboral

Amigos y Anunciantes que nos apoyan

por Dr. Mario Ramón Duarte

Una constante inexorable entre las problemáticas de acoso que a menudo encontramos a diario en las redes sociales además del grooming, cyberbullying, sexting, cyberstalking, entre los más nombrados, se convierte en un imperativo también describir, estudiar y analizar al mobbing.

El  acoso laboral, mobbing, es una realidad cada vez más estudiada y reconocida. Sin embargo, aún puede ser difícil identificar el mobbing allí donde se da, especialmente teniendo en cuenta que esta forma de acoso no siempre presenta las mismas características.

Los diferentes tipos de mobbing hacen que, en ocasiones, este fenómeno quede camuflado o incluso interpretado como algo que entra dentro de la normalidad. A fin de cuentas, allí donde se produce esta forma de acoso hay intereses en que lo que ocurra no pueda ser utilizado ante un juez, y esto hace que en cada tipo de entorno de trabajo estos ataques se adapten a las circunstancias.

Sin embargo, distinguir los distintos tipos de mobbing no resulta imposible. En este artículo los repasaremos, para reconocer las características de esta clase de acoso, a la que muchísimas personas se hallan expuestas en la cotidianeidad.

Pero antes de ahondar en el tema, es menester conocer sus características en las cuestiones tecnológicas. El acoso cibernético, el acoso cibernético, el acoso cibernético y otras formas de difamación, hostigamiento, acoso y coacción de otras personas o empresas se realizan mediante medios electrónicos de comunicación a través de Internet, en salas de chat Mensajería instantánea y / o también mediante teléfonos móviles. Un estudio representativo realizado por la Universidad de Münster junto con el Techniker Krankenkasse en 2015 concluyó que el 32% de los adolescentes y adultos jóvenes son ahora víctimas de cybermobbing Están afectados. El 21% de los entrevistados pudieron presentarse como perpetradores en Internet.

Entre los tipos de mobbing podemos encontrar:

El mobbing se puede clasificar de dos maneras: según la posición jerárquica o según el objetivo. ¿Cuáles son estos tipos de acoso laboral? A continuación quedan resumidos:

1. Acoso laboral según la posición jerárquica

Dependiendo de la posición jerárquica, el mobbing puede ser:

1.1. Mobbing horizontal

Este tipo de mobbing se caracteriza porque el acosador y la víctima se encuentran en el mismo rango jerárquico. Es decir, que suele darse entre compañeros de trabajo, y las repercusiones a nivel de psicológico para la víctima pueden ser devastadoras.

Las causas de este tipo de acoso laboral pueden ser muchas y variadas, aunque las más comunes son: para forzar a un trabajador a conformarse con determinadas normas, por enemistad, para atacar al más débil, por las diferencias con la víctima, o por falta de trabajo y el aburrimiento.

1.2. Mobbing vertical

El acoso laboral vertical recibe este nombre porque o bien el acosador se encuentra en un nivel jerárquico superior a la víctima o se encuentra en un nivel inferior a ésta. Por tanto, existen dos clases de mobbing vertical: ascendente y descendente.

  • Mobbing ascendente: Ocurre cuando un empleado de nivel jerárquico superior es atacado por uno o varios de sus subordinados.
  • Mobbing descendente obossing: Ocurre cuando un empleado de nivel jerárquico inferior recibe acoso psicológico por parte del uno o varios empleados que ocupan posiciones superiores en la jerarquía de la empresa. Tal y como hemos visto en el caso de Cristóbal, puede llevarse a cabo como estrategia empresarial para conseguir que el trabajador acosado abandone la empresa.

2. Acoso laboral según el objetivo

En función de los objetivos que el hostigador pretenda conseguir con el mobbing, este puede clasificarse de la siguiente manera:

2.1. Mobbing estratégico

Este es un tipo de acoso descendente o “institucional”. Se caracteriza porque el mobbing forma parte de la estrategia de la empresa, y el objetivo suele ser que el acosado rescinda su contrato de forma voluntaria. De esta manera, la empresa no tiene que pagarle la indemnización que le correspondería por despido improcedente.

2.2. Mobbing de dirección o gestión

Este tipo de mobbing es llevado a cabo por la dirección de la organización, generalmente por varios motivos: para prescindir de un trabajador poco sumiso, para llegar a situaciones de esclavismo laboral o para acabar con un trabajador que no se ajusta a las expectativas del jefe (por ejemplo, por estar demasiado capacitado o para dejarle en evidencia).

Además, este tipo de acoso laboral puede realizarse para maximizar la productividad de la empresa a través del miedo, empleando amenazas reiteradas de despido en caso de no cumplir los objetivos laborales.

2.3. Mobbing perverso

El acoso laboral perverso hace referencia a un tipo de mobbing que no tiene un objetivo laboral, sino que las causas se encuentran en la personalidad manipulativa y hostigadora del acosador. Es un tipo de mobbing muy perjudicial porque las causas que producen el acoso no pueden solucionarse implantando otras dinámicas de trabajo mientras la persona que acosa siga en la organización o no sea reeducada.

Este tipo de acosador suele llevar a cabo el mobbing frente a la víctima, sin testigos. Es muy seductor y rápidamente consigue la confianza de los demás. Es habitual que el mobbing perverso sea un mobbing horizontal o ascendente.

2.4. Mobbing disciplinario

Este tipo de mobbing se emplea para que la persona acosada entienda que debe “entrar en el molde”, porque si no lo hace será castigada. Pero con este tipo de acoso no solo se infunde miedo en las víctimas, sino que también advierte a los demás compañeros de lo que podría sucederles de actuar así, creando un clima laboral en el que nadie se atreve a llevar la contraria al superior. 

También se emplea en contra de esas personas que tienen muchas bajas laborales, mujeres embarazadas, y todos aquellos que denuncian el fraude de la institución (por ejemplo, el contable que presencia sobornos por parte de la empresa).

El mobbing o cybermobbing no se limita únicamente al puesto de trabajo, sino que también se puede presentar en el colegio: los niños y jóvenes son con frecuencia víctimas de acoso, que en el ámbito escolar recibe el nombre de acoso escolaro cyberbullying. Según las estimaciones, más del 50% de los alumnos han sido en algún momento objeto de acoso escolar.

El cyberbullying comienza ya en la escuela primaria: los alumnos insultan y fastidian a otros alumnos o los excluyen; en parte, también los amenazan. A medida que crecen, los niños y los jóvenes utilizan también cada vez más Internet para acosar a sus compañeros, por ejemplo, difundiendo rumores o injurias por correo electrónico o a través del chat. El acoso en Internet recibe el nombre de cyberacoso. También los profesores pueden ser víctimas de esta forma de acoso.

El acosador escolar es un niño que utiliza la violencia, el chantaje y el miedo para conseguir lo que quiere. No sólo los niños tímidos, poco agraciados y con bajo rendimiento escolar sufren acoso, sino que cualquier niño puede ser víctima de bullying, en muchos casos, por la propia envidia del acosador.

Para prevenir el acoso es necesario educar a los niños en el respeto, la tolerancia, la igualdad, y acostumbrar a los hijos a que no pueden conseguir todo lo que quieren, como así también en el uso adecuado de los dispositivos tecnológicos, como una herramienta de inclusión y no de discriminación. Ante un caso de cyberacoso escolar, el centro educativo deberá poner las medidas adecuadas, en primer lugar con las medidas o reglamentaciones inherentes a dicho instituto y tecnológicamente evitando a través de concientización, capacitaciones, charlas, etc. de las problemáticas en torno al mal uso de los mismos. Si la actuación de los adultos no es suficiente para parar el acoso o cyberacoso, podrá denunciarse ante las autoridades correspondientes.

Tanto el mobbing o cybermobbing como el bullying o cyberbullying son situaciones de acoso que no deben ser toleradas ante ninguna persona, independientemente de su edad, sexo o condición, y deben ser denunciadas de inmediato para evitar que puedan tener consecuencias graves para la salud física y psicológica de los afectados.

Atrás quedaron los años en los que los niños se limitaban a entretenerse con un balón, una comba, barbies o soldaditos. Con el avance de Internet, los medios electrónicos están cada día más presentes entre niños y jóvenes a edades cada vez más tempranas. Sin duda, con muchas ventajas, pero también con ciertos peligros.

Como estrategia de prevención y protección frente a dichos peligros, la ministra alemana de Familia, Kristina Schröder, presentó una iniciativa que contempla la apertura de un centro para la protección de menores en Internet. Entre otras herramientas, dicho centro contaría con un botón de alarma central y, con un solo clic, niños y jóvenes recibirían al momento asesoramiento en situaciones que ellos puedan catalogar como amenaza como Cybermobbing o Grooming.

Para evitar su propagación, la labor de un centro de tales características consistiría en coordinar el trabajo entre autoridades, empresas de Internet e iniciativas destinadas a la protección de las víctimas. “Una política sobre menores y jóvenes en relación a Internet significa concretamente trabajar con la red y no tratar de enfrentarse de forma abstracta contra ella. Para eso hay tres cosas necesarias e inseparables: La competencia de los medios, la responsabilidad de los padres y la protección de los peligros en la red y ello se logra a través entre otras cuestiones a la debida regulación del ciberespacio, temática que venimos insistiendo con periodicidad para evitar muchos males que aquejan a quienes somos parte de este nuevo entorno virtual y a que ha venido para quedarse.

FUENTES CONSULTADAS

https://educalingo.com/es/dic-de/cybermobbing

https://www.sanitas.es/sanitas/seguros/es/particulares/biblioteca-de-salud/psicologia/acoso-laboral-que-es.html

https://www.dw.com/es/internet-una-red-segura-para-menores/a-15602276

http://www.psicoterapeutas.com/mobbing.html

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Dr. Mario Ramón Duarte

🔵Abogado y Juez Administrativo;
🔵JUEZ ADM. MUN. FALTAS (SAUCE-CTES.-ARG.)
🔵ESPECIALISTA DER. PUB. CONT. (UCSF)
🔵MIEMBRO DOSSIER GEOPOLITICO INTERNACIONAL (CBA.-ARG.)
🔵COLABORADOR CENEGRI (RJ-BRA)
🔵ESPECIALISTA EN CIBERSEGURIDAD Y CIBERDEFENSA

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